El ministerio de Transición Energética envió el pasado mes de julio las cartas de concesión del bono social térmico a las más de un millón de personas que podían percibirlo desde el mes de agosto.
¿Qué es el Bono Social Térmico?
El Bono Social Térmico consiste en una ayuda dirigida a compensar los gastos de calefacción, agua caliente y cocina en las viviendas económicamente más flojas vulgarmente hablando. La subvención, aprobada el pasado mes de octubre, es de un mínimo de 25 euros y de un máximo de 124,90 dependiendo de lo estipulado por el Gobierno en los Presupuestos Generales del Estado.
¿Cómo se solicita el Bono Social Térmico?
El Bono Social Térmico es acumulable del eléctrico. Todas las familias que hayan percibido el segundo son beneficiarias del primero. Desde el ministerio señalan que el consumidor tiene la posibilidad de renunciar al mismo hasta diez días después de la recepción de la carta, presentando un formulario en la sede del Ministerio para la Transición Ecológica.
Al ser acumulable, no es necesario presentar documentos ni una solicitud formal, como por ejemplo sí que se precisa al renovar el alta de luz. Son suficientes con los del eléctrico. Las comercializadoras de electricidad pasan el listado de beneficiarios a las comunidades autónomas, encargadas de hacer efectiva la bonificación. Los usuarios percibirán la cuantía en el número de cuenta donde le cobran los recibos de luz.
No hay una fecha límite para solicitar el Bono Social Eléctrico-a partir del cual se percibe el térmico-. El usuario puede realizar el trámite en el momento en el que desee. El problema viene con la renovación; el 31 de diciembre de 2019 finalizó el plazo.
Por último el de agua, aunque este funciona de manera independiente y tanto como cada provincia e incluso población tiene su propia gestión, en este artículo vamos a poner Madrid como ejemplo y el famoso Canal de Isabel II, en el cual puedes acceder aquí para toda la información necesaria.